La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena la decisión del Tribunal Constitucional que ordenó la liberación de Alberto Fujimori, quien cumplía condena por graves violaciones a los derechos humanos. Cuestiona a Perú por incumplir obligaciones internacionales.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a través de un comunicado, expresa su rechazo a la decisión de liberar a Alberto Fujimori y cuestiona a Perú por incumplir sus obligaciones internacionales. El exdictador fue liberado el 6 de diciembre, a pesar de las órdenes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). La CIDH enfatiza la importancia de no permitir la impunidad a condenados por violaciones a los derechos humanos.
La Comisión condena a la decisión del Tribunal Constitucional de Perú (TC) que ordenó la liberación inmediata del expresidente Fujimori. Esta medida es considerada como un incumplimiento de las obligaciones internacionales del Estado peruano y en contravención de las órdenes emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).
Asimismo, indica que el TC ordenó la liberación de Fujimori basándose en un indulto presidencial concedido en 2017 por «razones humanitarias». El exmandatario, quien fue condenado en 2009 a 25 años de prisión como autor mediato de la masacre de 15 personas en Barrios Altos, la desaparición forzada y ejecución de 10 estudiantes de la Universidad La Cantuta, así como el secuestro de Gustavo Gorriti y Samuel Dyer, fue liberado, a pesar de las órdenes de la Corte IDH de no ejecutar la disposición de libertad generada tras dicho indulto.
#CIDH rechaza decisión del Tribunal Constitucional de #Perú que implementó el indulto de Alberto Fujimori.#DerechosHumanos 👉🏾 https://t.co/yu6u8lOCtA pic.twitter.com/IjOhFMg5M9
— CIDH – IACHR (@CIDH) December 8, 2023
La CIDH reitera su posición de que conceder indultos a personas condenadas por graves violaciones a los derechos humanos y crímenes de lesa humanidad puede generar impunidad. Además, la Corte IDH ha establecido que cualquier medida o figura jurídica que proteja la salud, la vida e integridad del condenado debe ser la que menos restrinja el derecho de acceso a la justicia de las víctimas y solo debe ser aplicada en casos muy extremos y por una necesidad imperante, señala.
Control de convencionalidad de oficio
La CIDH también recuerda que Perú ha ratificado la Convención Americana sobre Derechos Humanos y ha reconocido la jurisdicción contenciosa de la Corte IDH, por lo que está obligado a acatar las decisiones emitidas por este tribunal en el cumplimiento de sus sentencias y en la emisión de medidas provisionales.
La Comisión hace un enérgico llamado al Estado peruano para que tome medidas efectivas que garanticen el derecho de acceso a la justicia de las víctimas de crímenes de lesa humanidad, en respeto a su dignidad. Asimismo, insta a todas las autoridades estatales a realizar un control de convencionalidad de oficio, teniendo en cuenta la Convención Americana y la interpretación de la misma realizada por la Corte IDH.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), encargado de promover y defender los derechos humanos en la región. Está integrada por siete miembros independientes elegidos por la Asamblea General de la OEA y actúa como órgano consultivo en la materia.
🚨🚨#Peru Desde @WOLA_org seguimos firme en nuestro rechazo a la liberación de Alberto #Fujimori, condenado por graves violaciones a los derechos humanos a 25 años, y en nuestra solidaridad con sus víctimas.
Su liberación no borra su condena, que sigue siendo histórico. https://t.co/reNXwYqYWs— Dr. Jo-Marie Burt (@jomaburt) December 7, 2023